AR aprueba en la especialidad el diploma sobre enriquecimiento injustificado

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La Comisión de Transparencia y Estatuto de los Diputados aprobó una ley de tipificación del enriquecimiento injustificado que modifica la legislación sobre las obligaciones de información de los políticos y altos cargos públicos, con advertencias de inconstitucionalidad por parte del PSD.

La comisión examinó un texto de sustitución acordado por los partidos proponentes de los nueve proyectos de ley (PS, PSD, BE, PCP, CDS-PP, PAN, PEV, Iniciativa Liberal y la diputada no inscrita Cristina Rodrigues) sobre enriquecimiento injustificado, ocultación de patrimonio y ampliación de las obligaciones de información de los titulares de cargos políticos y altos cargos públicos, que entró en el Parlamento y pasó a la especialidad sin ser votado.

La mayor parte del texto conjunto acordado por las distintas partes se aprobó por unanimidad. El PSD se ha abstenido en el artículo que establece que la no presentación de la declaración de la renta y el patrimonio, «previa notificación, se castiga con un delito de desobediencia cualificada, con pena de prisión de hasta tres años».

En este punto, la diputada Mónica Quintela justificó, en una explicación de voto, que el PSD se abstuvo porque «se eliminó la intencionalidad del texto», es decir, «la no presentación intencionada de una declaración», algo que el partido quería ver en la ley.

Los socialdemócratas también votaron en contra de la norma sobre quienes «omitan en las declaraciones presentadas, con la intención de ocultarlas, el incremento de la renta, el patrimonio o la disminución del pasivo, así como los hechos que los originaron».

Mónica Quintela indicó que el PSD quería que el aumento injustificado de los ingresos se denunciara ante la Fiscalía, y no se penalizara inmediatamente, lo que justificó el voto en contra, ya que no aparece en el texto pactado entre los partidos.

«Al tener que declarar los hechos que los originaron [los enriquecimientos injustificados], constituyendo esta criminalización inmediatamente ‘per se’, el PSD considera que aquí hay una inconstitucionalidad y que se está violando el tríptico garantista de prohibición de inversión de la carga de la prueba, prohibición de violación del principio de presunción de inocencia y prohibición del derecho al silencio y a la no autoincriminación», justificó.

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