Saren coloca nuevas normas para viajes de menores al extranjero

A partir de ahora solo los representantes legales podrán autorizar a los niños, niñas y adolescentes a viajar con un tercero dentro o fuera del país.

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El Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) emitió una reciente circular en la que revoca el uso de poderes otorgados entre padres o a terceras personas para autorizaciones de viaje.
Esta medida deja sin efecto todo aquel documento que haya sido autenticado para que otras personas obtengan facultades que solo genera el ejercicio de la patria potestad. La circular expresa que la medida se toma a los fines de brindar protección a los derechos humanos de los niños, “especialmente contra el traslado ilícito y la retención indebida”.

A partir de ahora solo los representantes legales podrán autorizar a los niños, niñas y adolescentes a viajar con un tercero dentro o fuera del país. Queda prohibido otorgar poderes donde se delegue esta atribución a un tercero.

La decisión fue tomada luego de varias reuniones con los organismos encargados de la protección de niños, niñas y adolescentes, partiendo del principio de que la patria potestad le corresponde a los representantes legales; sean padre, madre o tutor, son ellos quienes tienen la facultad de autorizar los viajes de niños y adolescentes dentro y fuera de Venezuela.

Para Indira Mora, especialista en Derecho Penal, la fundamentación es “procedente”, porque “hay atribuciones que son inherentes a la patria potestad”. Sin embargo, la imposición legal produce serios problemas para aquellos padres que se encuentran en el exterior, porque tendrán que realizar un nuevo trámite a la brevedad posible.

Los padres que se encuentran fuera del país deben presentarse en la embajada o consulado venezolano con un formato elaborado por un abogado inscrito en la sede diplomática, el cual se encargará de tramitar la acreditación de viaje para posteriormente ser remitido a Venezuela. Se debe traducir el documento para que cuente con validez en territorio venezolano.

A juicio de Mora, esta debería ser una gestión con una respuesta “rápida”, puesto que es un “trámite corto”. Además, al ser realizado en el consulado, no es necesario que el documento sea apostillado.

La situación varía, y se complica, cuando uno de los padres no tiene la posibilidad de tramitar este documento directamente en la embajada. En ese caso, se debería ir hasta una notaría pública en el extranjero para tramitar, legalizar y apostillar la autorización, que deberá ser realizada con el formato válido en Venezuela. “Este trámite mucho más complejo y muchísimo más costoso”, agregó la jurista.

Cuando son los dos padres los que migraron, ambos están en la obligación de realizar el trámite antes mencionado. Lo que más dolores de cabeza puede generar el proceso es el dinero que se tendrá que invertir.

Los aranceles podrían estar cercanos a los 300 dólares, aunque el precio varía dependiendo de cada país.

Los padres o representantes sí podrán delegar mediante poderes otras facultades tales como: inscripciones escolares, actividades deportivas y religiosas.

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